La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, en la que se establecen las reglas mediante las cuales plataformas digitales extranjeras deberán pagar impuestos.
En el capítulo 12 de la Miscelánea, se detalla que los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales en México deberán inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), una medida que ya había anunciado previamente el SAT y con la que se busca que plataformas digitales paguen los impuestos que les corresponden en el país.
Asimismo, se especifican las reglas para que se pague Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las compras en plataformas digitales extranjeras como Shein, Temu y Amazon que sean producto de la importación de mercancías al país y cuyos ingresos sean depositados en cuentas en el extranjero.
Rendir cuentas
Las plataformas digitales deberán obtener de los oferentes de los bienes que se van a vender, las cuentas bancarias o de depósito ubicadas en el extranjero en donde se realizarán los depósitos y el país en donde se ubican dichas cuentas, además de que los oferentes tendrán que expresar su voluntad para que les sea efectuada la retención del IVA.
Igualmente, las plataformas deberán enterar a la autoridad la retención mediante la “Declaración de pago del IVA retenciones por el uso de plataformas tecnológicas”, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en el que se hayan cobrado las contraprestaciones que correspondan a la enajenación de bienes y el IVA respectivo.