México, 9 julio.- El amparo promovido por el empresario mexicano Luis Doporto Alejandre, como señalan registros de consulta pública, en contra de la resolución del pleno de la Cofece por el caso Marzam, en la que el fondo holandés Moench Coöperatief S.A. de C.V. estaría involucrado también, sigue activo, por lo que la sanción administrativa por 30.8 millones de pesos continúa improcedente y sin orden de ser ejecutada para ambos actores.
El pasado 8 de marzo fue cuando Doporto Alejandre presentó el recurso señalando actos fuera de juicio según el expediente de consulta pública con número de folio 339/2020, disponible en el sitio del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.
Con lo que se estaría dando un nuevo revés al órgano regulador, es que de acuerdo con el documento, la Cofece habría incurrido en la violación de los artículos 1º, 14, 25 y 28º.
El caso Marzam se remonta al año 2015, cuando el fondo holandés comunicó a la autoridad antimonopolio, su propósito de volverse accionista mayoritario de la distribuidora de farmacéuticos Marzam.
Con número de identificación CNT-074-2015, el expediente de la Cofece, especifica que la acción se aceptó en conformidad el 13 de agosto de 2015, permitiendo la concentración que notificó Moench Coöperatief, U.A. y Gibart, S.A. de C.V.
Una investigación periodística, un año después de la resolución, señaló hacia una supuesta red de irregularidades en la compra de Marzam. Para 2017, la Cofece ordenó iniciar una investigación en el proceso, argumentando la posible concentración ilícita en la compra de la farmacéutica.
Acogiéndose al beneficio de dispensa o reducción del importe de las multas a que se refiere el artículo 100 de la Ley Federal de Competencia Económica, tras conocer la decisión del pleno de esa institución, Luis Doporto Alejandre y Moench Coöperatief S.A. de C.V., entregaron la documentación requerida para despejar dudas sobre la adquisición y su participación en la transacción entre Marzam y el fondo holandés.
El empresario solicitó una conclusión anticipada de ésta conforme a la Ley de Competencia Económica, ofreciendo cumplir unos compromisos voluntariamente para disipar cualquier inquietud en materia de competencia, como precisan los mismos documentos oficiales.
El 12 de septiembre de 2018, la documentación fue aceptada por el Pleno de la Cofece e integrada al expediente IO-001-2017, resolviendo otorgar a Moech Coöperatief, U.A. Y Luis Doporto Alejandre, el beneficio de dispensa preciso en el artículo 102 de la LFCE a condición de que aceptaran su conformidad expresa y por escrito de dicha resolución.
El 11 de octubre de 2018, Doporto Alejandre y representantes del fondo Moench Coöperatif, presentaron por escrito el cumplimiento de dichos compromisos, dando así cierre definitivo a la investigación, de acuerdo a lo estipulado por la ley.
El escrito por el de los citados compromisos que daba cierre definitivo a la investigación, de acuerdo a lo estipulado por la ley fue presentado el 11 de octubre de 2018 por Doporto Alejandre y representantes del fondo Moench Coöperatif.
En enero del 2020, ambas partes presentaron ante la Cofece un esquema en el que se demostró la ausencia de vínculos entre Marzam y sus competidores, al haber procedido a realizar una reestructura corporativa que despeje cualquier posible inquietud futura en definitiva, en materia de competencia económica. Dando así, por consiguiente, un cumplimiento de fondo a la resolución de la Comisión.
Ahora bien, el pleno de la Cofece estableció que el cumplimiento no se había efectuado en formas previstas a la resolución, por lo que determinaron imponer una sanción administrativa por 30.8 millones de pesos, misma que tras el amparo promovido por Doporto Alejandre ha sido suspendida y se encuentra en calidad de improcedente y será un Juez quien determine si podrá ser ejecutada conforme al artículo 28 constitucional.