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¿Qué ocurre si muere el titular de un crédito hipotecario?

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México 5 septiembre._ Utilizar un crédito hipotecario para hacerse de una vivienda propia es una meta importante para las familias. Sin embargo, es común que se reste importancia o se aplace la realización de un testamento que ampare la propiedad de ese inmueble.

Por esa razón, el portal de búsquedas inmobiliarias, Inmuebles24, realizó una encuesta sobre el tema, en la que descubrió que del total de entrevistados que dijeron ser dueños de su casa o departamento, sólo un 49% cuenta con un testamento.

Otro dato interesante es que el 43% de los propietarios de viviendas se ubican entre 41 y 55 años, mientras que 33% entre 21 y 40 años, y 23% en 56 años o más. Por otro lado, 29% de los encuestados dijo que sus padres habían fallecido sin dejar testamento, lo cual, es un factor que origina problemas legales sobre la propiedad.

Aunque se habla mucho sobre la cultura de la previsión, parece ser que la muerte no es un tema al que las personas den prioridad en cuestión de trámites, pues a pesar de que las jornadas testamentarias se realizan anualmente en septiembre, únicamente el 32% de los encuestados cuentan con este documento.

Asimismo, se preguntó a los participantes si habían tenido que realizar la regularización de un bien intestado, a lo que el 27% respondió que lo ha hecho o deberá hacerlo en un futuro. De ellos, el 13% indicó que ya había logrado su objetivo; un 8% no sabía cómo empezar el proceso; un 5% ya lo había iniciado y un 1% señaló haber intentado cumplir el procedimiento sin éxito.

¿Qué sucede con el crédito hipotecario?

De acuerdo con el portal inmobiliario de e-Bay, Vivanuncios, sin importar en qué institución se hayan solicitado, los créditos hipotecarios cuentan con un seguro por fallecimiento que protege a las familias ante la muerte del deudor, al pagar total o parcialmente la deuda. Sin embargo, solo es válido si el derechohabiente pagó por más de tres meses el crédito.

Asimismo, si el financiamiento se solicitó bajo el esquema de hipoteca mancomunada, ambas personas están cubiertas por el seguro y si alguno de los dos cónyuges fallece, este liquidará la deuda siempre y cuando no exista atraso en los pagos del crédito.

Por otro lado, si el derechohabiente tenía una hipoteca abierta, los herederos pueden: aceptar la herencia y continuar pagando la deuda; rechazarla y renunciar a ella por completo; o aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo cual implica que se podrá recibir una parte restante de la herencia después de haber pagado la hipoteca.

Fuente: Inmobiliare

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