Si alguien que conoces tiene criptomonedas que podrías heredar, solo te diré: ojalá que tus habilidades para la búsqueda de tesoros estén encendidas, porque eso es lo que puede que haga falta para hacerte con esos activos. Y si eres tú quien tiene las criptomonedas, ten en cuenta que es muy posible que esos fondos se pierdan contigo.
En Estados Unidos, las criptomonedas se consideran activos digitales y no dinero a efectos del derecho sucesorio. Con el dinero y los activos físicos, puedes firmar un formulario de beneficiarios y elaborar un plan sucesorio o redactar un testamento en el que designes quién debe recibir qué cuando fallezcas.
Sin embargo, en el caso de los activos digitales, la ley establece que no debemos dar por sentado que una persona fallecida deseaba que sus materiales privados, desde correos electrónicos hasta fotografías, se entregaran a otra persona, a menos que lo hubiera indicado explícitamente. Esto coloca a las criptomonedas, como activos digitales, en una situación delicada.
Fuente: es.wired.com










