La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) afirmó que los taxis de aplicación no pueden prestar sus servicios en los aeropuertos, esto luego de que Uber revelara que sus conductores podrían dejar o recoger usuarios sin el riesgo de ser detenidos tras un aval judicial.
La Jueza Decimotercera de Distrito en Materia Administrativa le otorgó a la empresa una suspensión definitiva a una orden que indicaba detener a sus socios si eran sorprendidos trabajando en las terminales.
“Los servicios que se brindan a través de las empresas de aplicación no cuentan con autorización expedida por la Secretaría para prestar estos servicios de transportación”, explicó la SICT en un comunicado.
“Cabe señalar que la empresa Uber promovió un amparo derivado de los operativos que realiza la Guardia Nacional en los aeropuertos del país por carecer de la autorización respectiva, al respecto el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, otorgó una suspensión a la empresa, para que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y el Reglamento correspondiente aplicable, evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios, lo que no implica una autorización para la prestación de estos servicios”.
En 2022 el Gobierno Federal vetó el acceso a los taxis de aplicación a los aeropuertos al argumentar que estos no cuentan con los requisitos que las leyes exigen para ofrecer servicios de transporte en zonas federales, entre ellas las terminales. Los infractores podrían recibir multas de hasta 43 mil pesos.
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