Política

Consulta sobre expresidentes es inconstitucional: SCJN

La consulta sobre expresidentes, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, sería inconstitucional, según el proyecto del ministro Luis María Aguilar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Junto a la resolución, la Suprema Corte informó que discutirá el proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre la consulta sobre expresidentes en la sesión del 1 de octubre.

Consulta sobre expresidentes conlleva restricción a los derechos humanos

Entre otras cosas, en el documento se argumenta que el objeto integral de la solicitud debe ser inconstitucional debido a que:

«La materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”.

También se argumenta que:

“La consulta popular puede vulnerar la presunción de inocencia de las personas a quienes se someterá al escrutinio público, lo cual es inconstitucional por atentar contra el derecho al debido proceso penal, pero también puede tener un efecto negativo en los derechos de las posibles víctimas, ofendidas y en la sociedad en general”.

El ministro Luis María Aguilar también indica que no corresponde a la ciudadanía decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública. Pues la participación ciudadana tiene otros medios de interacción, como denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar, en su caso, con las instituciones del Estado.

Por lo citado en la petición del presidente, en donde se involucran los derechos humanos reconocidos en la ley mexicana, » no puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, pues esa es su obligación constitucional».

La Primera Sala de la SCJN también considera que “la vulneración de los derechos humanos de los acusados de la comisión de un delito puede generar un efecto corruptor en todo el proceso penal”.

Redacción

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